Cumplir con la ley: Todo sobre la normatividad de riesgos laborales en Colombia

 

1. Introducción

 
  • ¿Por qué es importante cumplir con las normativas de riesgos laborales?

El cumplimiento de las normativas de riesgos laborales no solo es una obligación legal, sino una pieza clave para garantizar la seguridad, la salud y el bienestar de los trabajadores en cualquier organización. Estas normativas establecen las directrices necesarias para prevenir accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo, fomentando un entorno laboral seguro y eficiente.

Al adherirse a estas disposiciones, las empresas no solo protegen a sus empleados, sino que también fortalecen su reputación y operan de manera más sostenible. Además, el cumplimiento adecuado reduce riesgos operativos y posibles interrupciones que podrían derivarse de accidentes laborales.

2. Principales normativas de riesgos laborales en Colombia

 
  • Ley 1295 de 1994: Creación del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) y regulación de los accidentes y enfermedades laborales. Establece el marco legal para la gestión de riesgos laborales en Colombia, asignando responsabilidades a empleadores, trabajadores y ARL. Su cumplimiento garantiza condiciones laborales seguras, reduce riesgos y asegura prestaciones económicas y asistenciales en caso de accidentes o enfermedades relacionadas con el trabajo.

  • Ley 776 de 2002: Define las prestaciones económicas y asistenciales derivadas de riesgos laborales. Fortalece la protección de los trabajadores frente a riesgos laborales, promoviendo la prevención y garantizando el acceso a prestaciones económicas y asistenciales. Asimismo, establece obligaciones claras para empleadores y administradoras, fomentando un entorno laboral seguro y saludable.

  • Ley 1562 de 2012: Modernización del sistema, incluyendo la ampliación de la definición de accidentes laborales y la inclusión de trabajadores independientes. Modifica el Sistema de Riesgos Laborales y dicta disposiciones relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo (antes conocida como Salud Ocupacional). Su objetivo es reforzar la protección de los trabajadores y promover condiciones laborales seguras.

  • Resolución 0312 de 2019: Estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Su implementación es obligatoria y busca garantizar la protección de los trabajadores mediante la gestión adecuada de los riesgos laborales.

  • Decreto 1072 de 2015: Compilación normativa sobre riesgos laborales y SG-SST. Compila y organiza la legislación vigente en materia laboral y de seguridad social en Colombia. Su objetivo principal es consolidar las disposiciones legales y reglamentarias en un único texto, facilitando su consulta y cumplimiento, tanto para empleadores como para trabajadores.

3. Obligaciones del empleador

 
  • Afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales

  • Implementación del SG-SST:

    • Diseñar y ejecutar políticas de prevención de riesgos.

    • Capacitar a los empleados en seguridad y salud.

    • Evaluar y actualizar continuamente el SG-SST.

  • Clasificación de riesgos laborales: Cómo se determinan los niveles de riesgo (link a tabla de riesgos actualizada)

4. Derechos y deberes de los trabajadores

 
  • Derechos:

    • Acceso a ambientes laborales seguros.

    • Atención médica y económica en caso de accidentes laborales.

  • Deberes:

    • Cumplir con las normas de seguridad establecidas.

    • Informar de situaciones de riesgo.

5. Sanciones por incumplimiento

Multas y Sanciones por Incumplimiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST):

 

Criterios para Determinar las Multas:

 
  1. Número de trabajadores: Define el tamaño de la empresa.

  2. Activos totales (en SMMLV o UVT): Otro criterio para clasificar las empresas.

  3. Tamaño de la empresa:

    • Microempresa

    • Pequeña empresa

    • Mediana empresa

    • Gran empresa

Rango de Multas (en SMMLV):

 
  1. Microempresas:

    • Trabajadores: Hasta 10.

    • Activos Totales: Menores a 500 SMMLV.

    • Multas:

      • Artículo 13, inciso 2° (Ley 1562/2012): De 1 a 5 SMMLV.

      • Artículo 30 (Ley 1562/2012): De 1 a 20 SMMLV.

      • Artículo 13, inciso 4° (Ley 1562/2012): De 20 a 24 SMMLV.

  2. Pequeñas Empresas:

    • Trabajadores: De 11 a 50.

    • Activos Totales: Entre 501 y 5.000 SMMLV.

    • Multas:

      • Artículo 13, inciso 2°: De 6 a 20 SMMLV.

      • Artículo 30: De 21 a 50 SMMLV.

      • Artículo 13, inciso 4°: De 25 a 150 SMMLV.

  3. Medianas Empresas:

    • Trabajadores: De 51 a 200.

    • Activos Totales: Entre 100.000 UVT y 610.000 UVT.

    • Multas:

      • Artículo 13, inciso 2°: De 21 a 100 SMMLV.

      • Artículo 30: De 51 a 100 SMMLV.

      • Artículo 13, inciso 4°: De 151 a 400 SMMLV.

  4. Grandes Empresas:

    • Trabajadores: Más de 200.

    • Activos Totales: Más de 610.000 UVT.

    • Multas:

      • Artículo 13, inciso 2°: De 101 a 500 SMMLV.

      • Artículo 30: De 101 a 1.000 SMMLV.

      • Artículo 13, inciso 4°: De 401 a 1.000 SMMLV.


Sanciones Adicionales:

 
  1. Clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo:

    • Condiciones que ponen en peligro la vida o seguridad de los trabajadores.

    • Plazos:

      • Clausura inicial: Entre 3 y 10 días hábiles.

      • Clausura extendida: De 10 a 30 días calendario.

    • Clausura definitiva: Si persisten los incumplimientos.

  2. Paralización o prohibición inmediata de trabajos:

    • Riesgo grave e inminente para la salud o seguridad de los trabajadores.

    • Hasta que se corrija la inobservancia de las normas.

  3. Planes de Mejoramiento:

    • Propuestos por el Ministerio del Trabajo para subsanar irregularidades.

    • Incumplirlos puede derivar en sanciones adicionales.

  4. Otras medidas:

    • Reporte obligatorio de accidentes graves o mortales y enfermedades laborales a las Direcciones Territoriales en un plazo máximo de dos días hábiles.


Principios que Rigen las Sanciones:

 
  • Debido proceso: Respetar derechos de representación y defensa.

  • Proporcionalidad: La sanción debe corresponder a la gravedad de la infracción.

  • No reformatio in pejus: No agravar la sanción del único apelante.

  • Non bis in ídem: No sancionar dos veces por los mismos hechos.

6. Beneficios del cumplimiento

 
  • Reducción de riesgos y accidentes.

  • Mejora del clima laboral y la productividad.

  • Cumplimiento de las exigencias legales, evitando sanciones.

7. Consejos para garantizar el cumplimiento

 
  • Contratar una ARL que ofrezca asesoría completa.

  • Capacitar al personal en seguridad laboral.

  • Realizar auditorías periódicas del SG-SST.

  • Estar al día con los cambios normativos.

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